La decisión fue oficializada por el INAES en el Boletín Oficial y alcanza a entidades que no presentaron saldos ni documentación institucional durante varios años.
el gobierno nacional dispuso este martes la suspensión de cerca de 2.000 cooperativas y mutuales de todo el país luego de detectar incumplimientos en la presentación de documentación contable y social obligatoria. La decisión fue adoptada por el Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social (INAES) mediante las resoluciones 564/2026 y 565/2026publicado este martes en el Boletín Oficial.
De acuerdo con el organismo, la medida alcanza a las entidades incluidas en un listado anexo luego de comprobarse que no se presentan estados contables ni documentación asamblearia exigida por la normativa vigente durante un período que va desde febrero de 2017 hasta septiembre de 2024.
Irregularidades detectadas en balanzas y documentación.
El procedimiento se originó a partir de un sumario administrativo iniciado en 2024que incluyó a cooperativas que ya se encontraban suspendidas por irregularidades formales. Según explicó el INAES, pese a las notificaciones realizadas por el organismo, muchas de las entidades no regularizaron su situación ni presentaron la documentación requerida.
Frente a ese escenario, el instituto resolvió aplicar la sanción prevista en el artículo 101, inciso 3, de la Ley de Cooperativas (20.337)que establece el retiro de la autorización para funcionar en casos de incumplimientos graves o reiterados.
Además, el INAES dispuso comunicar la decisión a distintos organismos de controlentre ellos la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) y las autoridades provinciales correspondientes.
Sin embargo, el organismo aclaró que siete cooperativas fueron exceptuadas de la sanción luego de presentar la documentación exigida durante el proceso y regularizar su situación. A su vez, tres entidades comenzarán bajo evaluación en otros procedimientos sumariales, mientras que el expediente de otra cooperativa fue archivada debido a que ya había sido sancionada previamente mediante una resolución anterior.
Las entidades alcanzadas por la medida podrán presentar recursos administrativos o judiciales si buscan revertir la decisión adoptada por el organismo.
