El Colegio de Licenciados y Profesores (Colypro) anunció que denunciará penalmente a más de mil docentes por ejercer sin estar colegiados, mientras que el Ministerio de Educación Pública (MEP) aclaró cuáles categorías de educadores están exentas de esta obligatoriedad.
La posición del Colypro es firme: denunciará penalmente, de momento, a 1.250 educadores que ejercerán sin estar incorporados. Desde noviembre del año pasado, se notificó a unas 5.200 personas que no cumplen con el requisito de colegiatura.
Consultado sobre el tema, el MEP informó mediante la Dirección de Talento Humano que, de acuerdo con el Manual de Puestos Docentes de la Dirección General de Servicio Civil (DGSC), existen categorías que no requieren estar incorporadas al Colypro para ser nombradas en forma interna o en propiedad. Este hijo:
- Profesor de Enseñanza General Básica I (I y II ciclos).
- Profesor de Enseñanza Preescolar.
- Profesor de Enseñanza Técnico Profesional (Preescolar, I y II ciclos).
Según el Colypro, quienes no están colegiados se exponen a denuncias penales por ejercicio ilegal de la profesión o enriquecimiento ilícito. En 2024, diez personas fueron sancionadas por este motivo y debieron devolver el dinero recibido indebidamente.
