Dos de las entidades más representativas del establecimiento economico exigieron que la reforma de la Ley de Glaciares abandone los criterios abstractos y habilite un análisis “caso por caso”con el argumento de que así, se destrabarán las inversiones para la industria minera. La Cámara Argentina de la Construcción (CAMARCO) y la Unión Industrial Argentina (UIA) coincidieron en que la actual redacción de la norma funciona como un cepo regulatorio por su falta de precisión, y reclamaron que la protección se centra exclusivamente en aquellas geoformas que efectivamente cumplan un rol hídrico estratégico.
El posicionamiento de parte del circulo rojo llega en sintonía fina con la estrategia del gobierno. el 15 de diciembreel Ejecutivo entró al Senado el proyecto de ley para modificar el Régimen de Presupuestos Mínimos (Ley 26.639), cuyos fundamentos prevén terminar con la “incertidumbre” que conspiró contra el ejercicio de las prerrogativas provinciales y facultar a las jurisdicciones locales a definir qué áreas se pueden explotar.
AmChamla cámara que nuclea a las empresas estadounidenses, también dejó trascender que destrabar la Ley de Glaciares es la condición condición sine qua non para que las grandes mineras internacionales capital hundana en el país. Para el mercado, la certeza jurídica que piden las cámaras locales es el único camino para transformar el potencial geológico en exportaciones reales y cumplir con el mandato constitucional de “utilización racional de los recursos naturales“.
Caso por caso
El foco del reclamo empresarial no es cuestionar la protección ambiental, a la que adhieren, sino la metodología de aplicación. CAMARCOla entidad que preside Gustavo Weiss aseguró que es “absolutamente necesario” que la normativa contempla que la determinación de las áreas protegidas se realiza “caso por caso”.
El Gobierno envió al Congreso el proyecto de reforma de la Ley de Glaciares
“No todos los glaciares y el ambiente periglacial constituyen ‘reservas estratégicas de recursos hídricos'”planteó el comunicado. Bajo esta premisa, los constructores sostienen que la prohibición genérica actual paraliza obras de infraestructura y proyectos productivos sin un sustento técnico real. Por ello, exigen que las definiciones se basen en “estudios técnicos específicos y en la evaluación de especialistas” con conocimiento científico en la materia.
La UIA reforzó esta línea al destacar que el “espíritu original” de la ley es proteger solo aquellas reservas que son estratégicas. En su comunicado, subrayaron que la delimitación debe sustentarse en “criterios científicos claros” que otorguen “previsibilidad y certeza a todos los actores involucrados”. Para los industriales, una redacción precisa es la llave para compatibilizar el cuidado del recurso hídrico con la ejecución de proyectos necesarios para el “crecimiento, el empleo y la competitividad”.
El rol de las provincias y la “Mesa del Cobre”
Un eje central que une el reclamo del establishment con el proyecto oficial es el protagonismo excluyente de las provincias. Tanto UIA como CAMARCO remarcaron que resultados “indispensable” aclarar que los estados provinciales son los “legítimos titulares de los recursos naturales” y, por fin, quienes deben tener la llave para habilitar o frenar los desarrollos en sus territorios.
Los constructores incluso citaron a la Corte Suprema de Justicia para iniciar una solución concertada a través del “diálogo federal antes que por la intervención de los jueces”. Esta visión política tiene un respaldo de peso: en los fundamentos del proyecto de ley, el Gobierno cita explícitamente una nota enviada el 10 de diciembre por los gobernadores de la Mesa del Litio (Catamarca, Jujuy y Salta) y la Mesa del Cobre (sumando a Mendoza y San Juan), quienes advirtieron que la ley actual “termina por obstaculizar el logro de su última finalidad: promover el desarrollo económico sostenible”.
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Fin de las prohibiciones “abstractas”
El proyecto presentado por el Gobierno de Javier Mileique lleva también la firma del ministro de Economía Luis Caputo y el jefe de Gabinete Manuel Adorni calificación de “inadmisible” entender que existe un esquema de “prohibiciones absolutas, abstractas y genéricas” que no distingue entre realidades ni contextos.
La reforma propone preservar los glaciares como reservas estratégicas para fines específicos: consumo humano, agricultura, biodiversidad, información científica y turismo. Para operar esto, el proyecto establece que será la autoridad competente de cada jurisdicción la que “identificará cuáles glaciares y qué ambiente periglacial cumplen con alguna de las funciones hídricas” previstas. De esta manera, si los estudios provinciales determinan que una zona periglacial no es relevante hídricamente, la actividad minera podría avanzar sin el riesgo legal que hoy impone la normativa federal
El “Principio Precautorio” inverso
Un detalle técnico no menor del proyecto es cómo manejar la incertidumbre. La iniciativa incorpora un Artículo 3º bis sobre el “Principio precautorio”. Este establece que las geoformas del Inventario Nacional están protegidas “hasta tanto la autoridad competente” verifique la inexistencia de funciones hídricas. Pero agregue una cláusula clave para la inversión: “A partir del momento en que la autoridad competente constata que un glaciar… no cumple con alguna de las funciones… se considera que no está alcanzada por las previsiones de la presente ley”.
Además, se recorta el poder de veto tácito del inventario nacional. Si bien el IANIGLA seguirá siendo responsable técnico, el proyecto crea un mecanismo inverso: si una provincia detecta que un área incluida en el Inventario no tiene función hídrica, deberá informarlo al instituto, quien “deberá eliminarlo” del registro.
AM/DCQ
