el Consejo de Administración Legislativa (CAL) resuelto este lunes 12 de enero de 2026 no dar paso al pedido de juicio político contra cinco consejeros y consejeras del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (Cpccs)debido a inconsistencias en firmas de respaldo y falta de uniformidad en la identificación de la autoridad cuestionada.
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Firmas electrónicas con problemas dejan sin efecto el trámite del pedido del juicio político a consejeros del Cpccs
el CAL revisó 42 firmas de respaldo presentadas junto a la solicitud impulsada por la asambleísta Luisa Molina. De ellas, 16 fueron observadas por inconsistencias vinculadas a la integridad de la firma electrónicalo que invalida su validez para sustentar el pedido.
Entre las firmas objetadas constantes registros de legisladores del movimiento Revolución Ciudadana.
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El organismo adoptó la decisión con base en un informe técnico de la Unidad Técnica Legislativa (UTL). Ese análisis concluyó que la solicitud no cumple con los requisitos constitucionales y legales para ser admitida y recomendó no continuar con el proceso.
Errores en la identificación del sujeto político
El informe técnico también señaló falta de uniformidad en la identificación de la autoridad sujeta al juicio político. En uno de los numerales revisados se menciona únicamente a Jimmy Daniel Martín Delgado, y no a los cinco funcionarios señaladoslo que evidencia incoherencias internas en el escrito presentado.
16 firmas inconsistentes dejan sin efecto el juicio político contra consejeros del @CpccsEchttps://t.co/jrx4ARS2Ed pic.twitter.com/czITEaOUzd
— Asamblea Nacional (@AsambleaEcuador) 12 de enero de 2026
Esa contradicción sobre la determinación de quién debía ser enjuiciado fue considerada por la UTL como una causal adicional para desestimar el pedido, al no cumplir con las exigencias de precisión establecidas para activar un proceso de control político.
Solicitud incumplió requisitos legales y constitucionales
Con estas observaciones, la UTL recomendó al CAL archivar la solicitud por incumplimiento de los requisitos del artículo 131 de la Constitucióny de los artículos 78 y 79 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa. El pleno del CAL aceptó esa recomendación y decidió no admitir el trámite.
Los consejeros señalados en el pedido son Xavier Fantoni Baldeón, Johanna Ivonne Verdezoto del Salto, Jazmín Enríquez Castro, David Rosero Minday y Piedad Cuarán Rosero. Según el CAL, la solicitud presentada carece de sustento válido para activar un juicio político en su contra.
Información adicional: Cpccs
