El incremento del 23 por ciento del salario mínimo en Colombia tendrá efectos regresivos sobre los trabajadores que no reciben ingresos salariales, sino que dependen de contratos de prestación de servicios, especialmente aquellos de menor valor. Así lo advierte un análisis del director del Centro de Recursos para el Análisis de Conflictos (Cerac), Jorge Restrepo, quien señala que el aumento eleva de manera significativa la proporción del ingreso que estos trabajadores deben destinar al pago de seguridad social.
En los contratos de menor cuantía, el aumento del salario mínimo eleva la proporción del ingreso destinada a seguridad social: para un contrato de 1’000.000 de pesos, las contribuciones pasan de representar 41,3 por ciento en 2025 a 50,8 por ciento en 2026.
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Desde el punto de vista legal, este impacto está directamente relacionado con la forma en que se calcula la base de cotización de los trabajadores independientes. Al respecto, el abogado laboral Vicente Umaña, socio del área de derecho laboral en Posse Herrera Ruiz, explicó que en contratos de prestación de servicios personales, “el Ingreso Base de Cotización (IBC) para seguridad social se calcula, como regla general, con base en el 40 por ciento del valor mensualizado del contrato, sin que en ningún caso, el IBC pueda ser inferior al salario mínimo mensual legal vigente”.
Los aportes al sistema de seguridad social son asumidos por el contratista. Foto:iStock
Una vez explica que esto implica un incremento sustancial en los aportes al sistema de seguridad social, costo, que en la mayoría de los casos no puede ser trasladado al valor del contrato, por lo que este será asumido directamente por el contratista, a diferencia de los contratos de trabajo, en los cuales los aportes son asumidos por el empleador y el trabajador.
Por su parte, Restrepo explicó que “el impacto impositivo, por el aumento del salario mínimo en 23 por ciento es fuertísimo para quienes tienen un contrato de prestación de servicios de bajo valor, y aumenta más para los que tienen contratos de monto más bajo, un efecto regresivo”.
En otras palabras, el ajuste afecta menos a los trabajadores con mayores ingresos y golpea con mayor intensidad a los contratistas pequeños.
El aumento del salario mínimo tendrá efectos regresivos sobre contratistas pequeños. Foto:iStock
Incluso en contratos de 3 millones de pesos, la carga por contribuciones aumenta más de tres puntos porcentuales, pasando de 13,8 por ciento a 16,9 por ciento del ingreso bruto (la cantidad total de dinero que una persona o empresa gana).
La razón central de este efecto está en la forma como la ley define la base de cotización para los trabajadores independientes. Restrepo detalla que “el aumento del salario mínimo incrementa la carga tributaria para los trabajadores formales en Colombia por contratos de prestación de servicios”, ya que las contribuciones a la seguridad social son a carga del trabajador y se calculan con base en el salario mínimo.
De acuerdo con el abogado laboral, la regulación establece que aquellos contratistas que devenguen por lo menos un salario mínimo legal mensual vigente son afiliados obligatorios al sistema de seguridad social y por lo tanto, deben realizar los aportes al sistema conforme a los porcentajes establecidos en la ley. De lo contrario, indica el socio del área de derecho laboral en Posse Herrera Ruiz, “podrían estar sujetos a investigaciones por parte de la UGPP y al pago de eventuales multas e intereses moratorios. Dicha situación puede generar mayor impacto para aquellos contratistas que tienen diversos contratos de prestación de servicios, pues por cada contrato se debe realizar el pago correspondiente al sistema de seguridad social”.
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Según la normativa vigente, los contratistas independientes deben cotizar sobre el 40 por ciento del valor mensual del contrato. Sin embargo, esa base de cotización no puede ser inferior a un salario mínimo mensual legal vigente. Para 2025, el salario mínimo era de 1.423.500 pesos, mientras que para 2026 ascendió a 1.750.905 pesos, cifras establecidas oficialmente.
Sobre esa base se aplican las contribuciones a la seguridad social, que en total suman 29,022 por ciento. Este porcentaje se distribuye en 12,5 por ciento para salud, 16 por ciento para pensión y 0,522 por ciento para riesgos laboralescorrespondiente a la clase de riesgo I. El ingreso neto del trabajador resulta de restablecer estas contribuciones al valor total del contrato.
Las contribuciones a la seguridad social se calculan con base en el salario mínimo. Foto:iStock
Según explicó Restrepo, la gráfica muestra el porcentaje que representa las contribuciones a seguridad social sobre el valor total del contrato.
(%) de contribuciones a seguridad social sobre ingreso bruto (cantidad total que una persona gana). Foto:cortesia
En los contratos de menor valor, ese porcentaje es más alto porque la base de cotización no puede ser inferior al salario mínimo. “A medida que aumenta el valor del contrato, el porcentaje se acerca al 11,61 por ciento, que corresponde al 29,022 por ciento aplicado sobre el 40 por ciento del contrato”, precisó.
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Esto implica que, para quienes tienen contratos pequeños, una mayor fracción de sus ingresos se destina obligatoriamente a aportes, reduciendo el ingreso disponible. En contraste, en contratos de mayor cantidad, el peso relativo de las contribuciones disminuye, lo que explica por qué el incremento del salario mínimo tiene un impacto menor sobre los trabajadores de mayores ingresos.
Para un contrato de 1’000.000 de pesos:
Ingreso neto 2025: 586.902 pesos
Ingreso neto 2026: 491.882 pesos
Pérdida neta mensual: 95.020 pesos
Con base en estos valores, un contratista con un ingreso mensual de 1’000.000 de pesos verá reducir su ingreso neto en más de 95.000 pesos mensuales entre 2025 y 2026. Los datos confirman que el aumento del salario mínimo reduce el ingreso disponible de los contratistas de menor valormientras que su efecto se diluye en los contratos de mayor cantidad.
El aumento del salario mínimo reduce el ingreso disponible de los contratistas de menor valor. Foto:iStock
Umaña menciona que, con el incremento del salario mínimo, suben también riesgos de cumplimiento y de litigio alrededor del modelo:
(1) Riesgo de informalidad en la contratación: Los contratistas pueden solicitar que se realicen esquemas de pago informales que les permitan tener un ingreso en efectivo, sin realizar aportes al sistema de seguridad social. Esta situación impacta los valores recaudados por parte de las entidades al sistema de seguridad social. e incluso podría impactar el recaudo tributario.
(2) Riesgo por falta de cobertura de las prestaciones económicas y asistenciales de las entidades del sistema de seguridad social: Al haber omisión en el pago de los aportes, no existirá un traslado del riesgo efectivo de cualquier contingencia que se derive de la prestación del servicio, lo cual puede afectar de forma grave la salud de los contratistas.
En ese sentido, el análisis concluye que el aumento del salario mínimo, aunque busca mejorar los ingresos de los trabajadores formales asalariados, genera un efecto adverso sobre una parte del mercado laboral que opera bajo contratos de prestación de servicios. Para estos trabajadores, el ajuste no solo no se traduce en mayores ingresos netos, sino que incrementa la carga que deben asumir para cumplir con las obligaciones de seguridad social, profundizando un impacto que, según Restrepo, es regresivo.
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