Con el inicio del año y el discurso de un mayor control fiscal, las publicaciones apuntaban a que la autoridad contaba con facultades para ordenar la inmovilización de cuentas como parte de sus mecanismos de notificación y supervisión, especialmente en casos de adeudos o irregularidades fiscales.
Qué aclara el SAT sobre un supuesto bloqueo masivo de cuentas bancarias
Ante las publicaciones que apuntaban a una medida extraordinaria, el Servicio de Administración Tributaria señaló que es totalmente falso que cuente con una atribución especial para ejecutar un bloqueo masivo de cuentas bancarias a personas con supuestos adeudos fiscales. La autoridad precisó que no existe una facultad excepcional que permita inmovilizar recursos de manera generalizada.
El organismo también aclaró que no incrementa sus fiscalizaciones durante el mes de enero ni actúa de forma arbitraria, en contraste con lo que se ha sugerido en algunas versiones difundidas. Según el SAT, los procesos de revisión se mantienen bajo los mismos criterios y marcos normativos, sin operativos extraordinarios asociados al inicio del año.
Respecto a la inmediata señalada en esas publicaciones, la autoridad fiscal afirmó que tampoco realiza bloqueos inmediatos de cuentas bancarias por supuestos incumplimientos fiscales o por irregularidades en movimientos financieros. Cualquier actuación, indicada, debe sujetarse a las normas fiscales ya los actos procesales establecidos.
Finalmente, el SAT reiteró su compromiso de actuar con transparencia y respeto a los derechos de las y los contribuyentes, subrayando que sus acciones se rigen por la legalidad y no por medidas masivas o discrecionales.
Las alertas que el SAT puede activar en tu cuenta según los movimientos que realices y el monto de las transacciones.
El SAT y el Banco de México (Banxico) contemplan escenarios en los que ciertos montos deben ser reportados o hasta restringidos por las instituciones financieras.
Laura Becerra Rodríguez, presidenta de la comisión Técnica de Finanzas y Sistema Financiero del Colegio de Contadores Públicos de México (CCPM), explicó que las revisiones del fisco van más sobre el origen del dinero y del tipo de cuenta, que por el saldo total de la cuenta; aunque dependiendo del tipo de instrumento, sí existen algunos “límites” a las transacciones.
Adolfo Ruiz Guzmán, director de Asuntos Internos de Grupo Financiero Ve por Más (Bx+), recomendó evitar concentrar recursos en cuentas corrientes sin rendimiento.
Las condiciones que activan las alertas.
Según Becerra Rodríguez, el SAT no fija un tope de saldo para tarjetas de débito, pero existen reglas que aplican. “Si tienes depósitos en efectivo mayores a 15,000 pesos, se le tiene que dar aviso a la autoridad”, indicó. Esta obligación proviene de la regla 3.5.13 de la Resolución Miscelánea Fiscal vigente desde 2021.
El especialista agregó que los bancos elaboran un perfil transaccional de cada persona con base en su ocupación y comportamiento bancario. Si los depósitos se desvían de ese perfil, se activa una alerta.
Ruiz Guzmán dijo por su parte que si una persona recibe pagos por venta de bienes, debe sustentar el ingreso con un contrato formal y un registro ante notario o documento válido. La institución financiera revisa la procedencia de los recursos.
El límite de transacciones
Además del SAT, el banco central regula las cuentas a través de la Circular 4/2022, vigente desde marzo de ese año. Esta disposición las clasifican en niveles operativos de acuerdo con el volumen de transacciones y la información que proporciona el usuario.
El integrante del CCPM explicó que una cuenta nivel 1 no debe recibir más de 750 UDIS al año (aproximadamente 6,367 pesos). Solo requiere nombre completo y fecha de nacimiento. Una cuenta nivel 2 permite hasta 3,000 UDIS (cerca de 25,470 pesos) y necesita comprobante de domicilio e identificación oficial.
En cuentas nivel 3, se solicita además constancia de situación fiscal, teléfono y correo electrónico. Ruiz Guzmán agregó que las cuentas nivel 4 no tienen límite, pero solo pueden usarse si el banco ya conoce el perfil de movimientos del cliente. Si el usuario declara un promedio y lo rebasa, el banco genera una alerta.
Cómo evitar alertas fiscales
La presidenta de la comisión Técnica de Finanzas y Sistema Financiero del CCPM recomendó no recibir efectivo de forma recurrente. También sugerirá declarar voluntariamente ingresos no habituales, como la venta de una casa o vehículo, en el apartado de “otros conceptos” dentro de la declaración anual.
El directivo de Bx+ señaló que los recursos deben tener sustento legal. Si el ingreso viene de una compraventa, debe existir un contrato. También recomendó no dejar grandes sumas en cuentas de débito. “Ese dinero puede colocarse en una cuenta a la vista, en un pagaré o en un fondo, según el perfil de cada persona”.
Además, recomendó activar mecanismos de ahorro si ya se tiene relación con una institución financiera.
