El procurador Julio Saavedra habla de los alcances del emplazamiento al Ministerio de Educación y de las acciones que la Procuraduría General de la Nación ha presentado para frenarlo.
Fachada del Ministerio de Educación MINEDUC, ubicada en la Avenida Reforma. Foto: Óscar Rivas 15-02-2013
Desde el pasado 12 de enero, el Ministerio de Educación (Mineduc) no puede realizar procesos disciplinarios ni destituir a ningún maestro sin tener la autorización de un juez laboral, y debe presentar medios de prueba para sustentar un despido.
La orden fue girada por el Juzgado Pluripersonal de Trabajo y Previsión Social para la Admisión de Demandas del Departamento de Guatemala, la cual se da por un conflicto colectivo de carácter económico-social promovido por el Comité Ad Hoc de la Coalición de Trabajadoras y Trabajadores del Ministerio de Educación de Guatemala en contra del Estado de Guatemala y del Mineduc.
De acuerdo con el procurador Julio Saavedra, la Procuraduría General de la Nación (PGN) presentó el pasado 15 de enero “un punto de derecho” para detener lo ordenado por el juez.
¿Cuáles son los alcances de esta resolución y cuál es la postura de la PGN?
De acuerdo con el Código de Trabajo y la Ley de Sindicalización de Trabajadores y el Derecho de Huelga de los Trabajadores del Estado, un comité ad hoc puede plantear un pliego de peticiones con la finalidad de negociar un convenio colectivo que regule la relación de trabajo. El tribunal que recibe este proceso establece una serie de medidas que las partes tienen que respetar. Estas lo que buscan es darle estabilidad a las relaciones laborales y que, por el planteamiento de este conflicto, esa estabilidad no se ponga en riesgo y, por parte del patrón, la continuidad de la prestación de servicios.
Dentro de esas prevenciones se encuentra: que las partes en conflicto no tomen represalias una en contra de la otra, que todo despido se dé solamente con autorización del tribunal que conoce del proceso, y no impedir el ejercicio de los derechos que cada una de las partes tiene en la negociación colectiva, como en la parte del derecho individual del trabajo.
¿Qué implica para el Mineduc?
No es que no se pueda hacer la terminación de algún contrato, sí se puede, pero tiene que mediar una autorización del juez, para que pueda asegurarse de que la terminación de la relación laboral no se da como una represalia. Lo que el juez busca es mantener la paz y la estabilidad de las relaciones laborales e impedir que haya una represalia y proteger el derecho de sindicalización que tienen los trabajadores y de asociación.
¿Cuál es la historia detrás de esta acción?
Este conflicto lo planteó un comité ad hoc, que presenta el pliego de peticiones que quiere negociar con el patrón.
En este caso particular, el proceso se presentó en octubre pasado con idénticas peticiones a las formuladas por el Sindicato de Trabajadoras y Trabajadores de la Educación de Guatemala (STEG), con quien el Ministerio de Educación negocia el pacto colectivo desde el 2023. Pero lo más grave es que ese comité ad hoc está conformado por miembros del sindicato, y están planteando otro conflicto. Esto es buscar un resultado legítimo ―negociación colectiva― mediante un acto manifiestamente contrario a la ley.
¿Por qué es ilegal?
Si el sindicato ya está negociando el pacto colectivo, no es legal que sus propios miembros conformen un comité ad hoc y busquen en paralelo hacer una negociación idéntica. Eso es una injusticia y el sistema de justicia no puede tolerarlo ni aceptarlo, porque mediante la trampa se busca lograr beneficios que de otra forma no se obtendrían. Están burlando el concepto más sagrado de negociación colectiva que se da entre la autoridad nominadora y el sindicato, la cual se ha mantenido.
¿Qué acciones ha interpuesto la PGN?
En defensa de los intereses del Estado, la Procuraduría General de la Nación planteó estos aspectos (los ya mencionados) ante el juez competente, indicándole que debe conocerse como cuestión previa, y como punto de derecho, todos estos aspectos para detener un proceso con multas contrarios a la negociación colectiva que está llevando la ministra de Educación. Estamos siguiendo un debido proceso.
¿Cuándo se presentará el planteamiento?
El punto de derecho se planteó el 15 de enero. Lo que se hizo fue explicarle al juez por qué este proceso judicial no puede continuar. El punto estrictamente jurídico es que el Ministerio de Educación está negociando con el STEG, y no puede coexistir una negociación colectiva con exactamente los mismos puntos, con el sindicato por un lado y, por el otro, con miembros del sindicato conformados en un comité ad hoc. Eso es jurídicamente inadmisible e implica que no puede continuar el proceso, se tiene que terminar, esto es lo que estamos planteando.
Nuestra expectativa y pretensión es que (el juez) ordene que termine el proceso y que se levanten las advertencias. Ahora estamos en la fase donde el comité ad hoc presenta su argumentación respecto a lo que planteamos en ese incidente. Después, el juez decide y resuelve.
¿El emplazamiento afecta la gestión del Mineduc?
No, en lo absoluto. Lo que ocurre nada más es que tiene que haber intervención judicial en algunos aspectos, pero no impide todos los procesos administrativos que lleva a cabo el Ministerio de Educación. El Ministerio está operando con tranquilidad.
Además, no se puede tomar ninguna medida de hecho: hacer suspensiones o toma de instalaciones del Ministerio de Educación; todas esas medidas son abiertamente ilegales. El juez le advierte a las dos partes: al comité ad hoc y al ministerio.
¿Quién está detrás?
El que está detrás de todo esto, y eso no lo digo yo, está planteado en el punto de derecho, y las pruebas acreditan que los miembros del comité que plantean este conflicto son parte del STEG, esto es un hecho.
¿Aplica a todos los trabajadores del ministerio?
Si hay vínculo de trabajo, está protegido por las prevenciones que formuló el juez.
¿Qué procedimiento debe seguir el Mineduc para sancionar?
Debe seguir el proceso establecido en la Ley de Servicio Civil y en las normas aplicables al procedimiento sancionatorio que están vigentes, eso en la parte administrativa, y antes de ejecutar hay que plantearle al juez la solicitud. Esta constata que no es una represalia y garantiza que no se está afectando el derecho de libertad sindical.
¿Cuál es el alcance a largo plazo?
Uno de los grandes retos de la administración pública es el tiempo que toma el completar esos procesos judiciales colectivos. El proceso es relativamente corto, pero cada etapa hay que notificar, ejercer derechos, argumentar, presentar, señalar audiencias y se va postergando. Al final se vuelven muy largos y ralentizan cualquier administración de la cosa pública.
Tenemos que ser respetuosos de la negociación colectiva y de la libertad sindical, pero también resulta injusto que se abuse de una figura como la negociación colectiva para obtener resultados que no le corresponden a ese comité, sino que es una obligación y facultad de negociación entre el sindicato mayoritario y la autoridad nominadora. Están negociando exactamente los mismos puntos.
¿Este emplazamiento blinda a los maestros para una huelga?
Como funcionario público, no puedo impedir, limitar o restringir los actos que pueda realizar cualquier ciudadano. Eventualmente, con la finalidad de proteger bienes superiores, sí se podrían plantear procesos como los que la Procuraduría General de la Nación presentó en mayo pasado a requerimiento de la ministra de Educación.
¿Pero qué puede hacer el sindicato o los trabajadores? Eso no me corresponde calificarlo. Lo que sí es que sería un acto abiertamente ilegal, como lo fueron las asambleas permanentes ―una figura jurídica inexistente―. Para eso están las advertencias o prevenciones que hace el juez. No son permitidas las medidas de hecho, ni por parte del ministerio ni por parte del comité. Ahora, si el sindicato quisiera tomar algunas, ya le corresponde tanto a la ministra como a nosotros en la Procuraduría defender los intereses del Estado y proteger las medidas educativas y la alimentación de las niñas, niños y adolescentes de este país.
Honestamente, después de lo que ocurrió el año pasado, no creo que el sindicato vuelva a tomar esas medidas ilegales. Ya los jueces constitucionales resolvieron: lo que hizo el STEG no es legal, volver a hacerlo sería desafiar nuevamente al Estado de derecho.
