Con la llegada de diciembre, se acerca el pago de la prima de servicios que se le entrega a muchos trabajadores del país. Las empleadas domésticas también están contempladas en este derecho.
La ley 1788 de 2016 impuso la normativa y explicó cómo se realizaría el pago a estas personas. Sin embargo, muchas familias en Colombia aún tienen dudas sobre las primas a trabajadores domésticos.
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La prima de servicios es la retribución que hace el empleador por los beneficios económicos y sociales que obtiene del trabajador, según señala el Ministerio de Justicia. Su pago se divide en dos cuotas al año, una en junio y la otra en diciembre.
Esto equivale a 30 días de salario por cada año completo de trabajo o proporcional por el tiempo laborado. Los jardineros, niñeras y cuidadores contratados bajo relación laboral también tienen derecho al pago.
“Se incluye en esta prestación económica a los trabajadores del servicio doméstico, choferes de servicio familiar; trabajadores por días o trabajadores de fincas y, en general, a los trabajadores contemplados en el Título III del presente código o quienes cumplan con las condiciones de empleado dependiente”, indica la normativa.
No realizar el pago puede llevar a sanciones y problemas jurídicos. El Ministerio de Trabajo recomienda que las personas a las que les vulneren este derecho pongan una queja con el inspector del trabajo.
Los empleados domésticos tienen derecho a la prima de servicios. Foto:iStock
¿Cuánto pagarle a los trabajadores domésticos?
Lo primero que es necesario saber es que la prima de mitad de año debe ser pagada hasta el 30 de junio. En diciembre, el plazo es hasta el 20 de ese mes.
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El pago se realiza proporcionalmente al tiempo laborado por el empleado durante el semestre. Para realizar el cálculo, es necesario tomar el salario del trabajador (incluido el auxiliar de transporte), multiplicarlo por los días trabajados en el semestre y dividir el resultado entre 360.
Por ejemplo, si el empleado gana 1.500.000 y trabajó 180 días en el semestre, su prima será de 750 mil pesos.
La fórmula es salario mensual promedio + auxiliar de transporte (si aplica) x días trabajados en el semestre ÷ 360.
Si el trabajador doméstico solo trabaja durante algunos días a la semana, la prima debe ser liquidada con el número de días trabajados durante el semestre.
Redacción Alcance Digital
