Un video difundido masivamente en redes sociales Se volvió a poner en el centro del debate público las conductas que pueden constituir acoso laboral en Colombia y las acciones legales que existen para enfrentarlas.
Las imágenes muestran a un joven repartidor de pizzas que, mientras realizaba una entrega, fue objeto de insultos, señalamientos clasistas y agresiones verbales durante varios minutos por parte de una mujer identificada como “Liliana”.
El caso ha generado rechazo ciudadano y sirve como ejemplo para explicar cómo puede actuar una persona que sea víctima de este tipo de hechos.
Lo que muestra el video viral en redes
En el registro audiovisual se observa cómo el domiciliario mantiene la calma pese a que, durante más de 10 minutos, recibe expresiones denigrantes. La mujer lo insulta y lo llama “gentuza”, mientras lo graba con su celular.
En repetidas ocasiones, ella enfatiza su condición profesional y descalifica el oficio del joven. “Señora Liliana, para usted y para todo el mundo”.
“Por eso es que se demoran las pizzas, por gente como usted. Lárguese”, se le escucha decir. A esto, el repartidor responde con serenidad: “Yo estoy trabajando”.
La mujer continúa con los señalamientos: “Usted no pertenece aquí, no es de este barrio. Es un motociclista, un mal empleado”, afirma, cuestionando su presencia y su trabajo.
En medio del altercado, un familiar intenta retirarla del lugar y le dice “vamos”, mientras la toma del brazo. Ella se niega y responde: “No me voy a ir, sube tú”, insistiendo en seguir grabando.
Amenazas y agresión física registradas
El video también deja ver amenazas específicas. “A ver las placas y todo, para denunciarlo mañana”, dice la mujer mientras se acerca al joven para enfocar su motocicleta y sus datos.
Pese a los intentos del acompañante por finalizar la situación e ir a consumir el pedido, ella insiste: “no es que me rebaje, yo voy a quedarme aquí”.
El episodio escala cuando, como gesto de rabia, le da una patada a la moto del repartidor. En redes sociales, miles de usuarios han resaltado que el joven nunca perdió la compostura y siempre respondió con respeto, pese a las humillaciones.
Esta es la persona que ejerció actos violentos contra el repartidor de Domino’s Pizza. Foto:Instagram @solo_emergencias_moteros
El Artículo 2 de la Ley 1010 de 2006 establece que el acoso laboral puede manifestarse en diferentes formas. En este caso puntual, se evidencian elementos asociados al maltrato y la discriminación laboral.
Según el gestor normativo de Función Pública, el maltrato laboral es “todo acto de violencia contra la integridad física o moral, la libertad física o sexual y los bienes de quien se desempeñe como empleado o trabajador; toda expresión verbal injuriosa o ultrajante que lesione la integridad moral o los derechos a la intimidad y al buen nombre o todo comportamiento tendiente a menoscabar la autoestima y la dignidad de quien participa en una relación de trabajo de tipo laboral”.
En cuanto a la discriminación laboral, la norma contempla cualquier trato diferenciado por “razones de raza, género, origen familiar o nacional, credo religioso, preferencia política o situación social”. o que cuida de toda razonabilidad desde el punto de vista laboral”.
¿Qué puede hacer una víctima de acoso laboral?
La Ley permite solicitar la intervención de instituciones de conciliación legalmente autorizadas, con el objetivo de buscar una solución temprana al conflicto.
Además, la persona afectada puede poner los hechos en conocimiento de distintas autoridades, entre ellas el Inspector de Trabajo competente, los Inspectores Municipales de Policía, los Personeros Municipales o la Defensoría del Pueblo.
la denuncia debe realizarse por escrito y contener una descripción detallada de los hechos, acompañado de pruebas sumarias que los respalden, como videos, mensajes, testimonios o registros similares. Una vez recibida, la autoridad competente puede adoptar medidas preventivas.
Según la guía digital de la Función Pública, “la autoridad que reciba la denuncia conminará preventivamente al empleador para que ponga en marcha los procedimientos confidenciales y programe actividades pedagógicas o terapias grupales de mejoramiento de las relaciones”. Para ello, se escuchará también a la parte denunciada.
MARIANA SIERRA ESCOBAR
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