En Colombia, acceder a una pensión de vejez es uno de los principales objetivos tras años aportando a un fondo de pensiones. Este derecho se obtiene al cumplir ciertos parámetros acordes a las leyes, que varían dependiendo del régimen al que esté afiliado el trabajador: público o privado.
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el Sistema General de Pensionescreado por la Ley 100 de 1993contempla dos alternativas: el Régimen de Prima Mediaadministrado por Colpensiones, y el Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad, gestionado por fondos privados.
Uno de los aspectos que más genera dudas entre los ciudadanos es precisamente el calculo de la mesada pensional.
El Sistema General de Pensiones contempla dos alternativas en fondos privados y públicos. Foto:iStock
Este valor no solo depende del tiempo trabajado, sino también de factores como:
- Salarios reportados.
- Ahorro total acumulado.
- Condiciones del mercado financiero.
¿Cómo se calcula la mesada pensional en el régimen público?
En el modelo público, el monto mensual se determina a partir del número de semanas cotizadas y del Ingreso Base de Liquidación (IBL), según el artículo 21 de la Ley 100este monto corresponde al promedio de los salarios sobre los cuales se realizaron aportes, generalmente durante los últimos diez años.
Cuando el promedio del ingreso base, ajustado por inflación, calculado sobre los ingresos de toda la vida laboral del trabajador, resulta superior a los diez años mencionadosel trabajador podrá optar por este sistema, siempre y cuando haya cotizado el total de semanas mínimas.
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Las mesadas tienen límites claros: no pueden ser inferiores al salario mínimo mensual vigente ni superiores a 25 salarios mínimos. Además, presentan ajustes anuales con base en la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC), lo que garantiza la actualización del poder adquisitivo con el paso del tiempo.
La lista de pensiones que se vieron afectadas por aumento del mínimo en 2026 Foto:iStock
¿Cómo se calcula la mesada pensional en el régimen privado?
En los fondos privados el cálculo responde a una normativa distinta. En cada entidad, el ingreso depende directamente del capital acumulado en la cuenta individual del afiliado, producto de aportes obligatorios, contribuciones voluntarias y rendimiento financiero.
En este caso, no existe una fórmula únicaya que el resultado está condicionado por variables como la rentabilidad de las inversiones, la edad de retiro y la expectativa de vida, que generalmente varían según la entidad o los límites monetarios establecidos por cada una.
En cada entidad, el ingreso depende del capital acumulado en la cuenta individual del afiliado. Foto:iStock
Esto implica que, en términos prácticos, un mayor nivel de ahorro puede traducirse en un ingreso más alto, aunque también introduce un componente variable que no está presente en el esquema público.
En entidades como Porvenirel pensionado mantiene su capital en la cuenta individual del fondo, y la mesada se calcula y paga periódicamente con base en dicho capital ya sus rendimientos. Cada entidad dispone de un simulador en sus canales virtuales donde puede verificar cuánto es el monto. según lo que lleve cotizado.
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Así puede estimar su mesada pensional en Colpensiones
Para quienes busquen proyectar sus futuros ingresos en el régimen público, Colpensiones Dispone de un simulador que permite obtener un cálculo aproximado. Este programa está diseñado para afiliados que se encuentran a más de diez años de la edad de jubilación y no aplica para el régimen de transición.
Colpensiones dispone de un simulador que permite obtener un cálculo aproximado. Foto:iStock
El proceso es sencillo y se realiza en pocos pasos:
- Acceder al siguiente enlace: https://sede.colpensiones.gov.co/loader.php?lServicio=Se&lTipo=Process&lFuncion=start&id=74
- Ingresar datos personales como nombre, género y fecha de nacimiento.
- Indicar la edad en la que comenzó a cotizar.
- registrador el número de semanas aportadas.
- Señalar la entidad en la que se encuentra afiliado.
- Especificar el salario real sobre el cual realiza cotizaciones.
Una vez completada esta información, el sistema generará una estimación tanto de la edad en la que podría pensionarse, así como del valor aproximado de su pensión mensual.
Juan Sebastián Liévano Aldana
REDACCIÓN ÚLTIMAS NOTICIAS
