El Dane reveló la cifra el IPC de 2025. Esto significa la confirmación del aumento de algunos servicios en este nuevo año. Entre otros, el canon de arrendamiento que se pagará en 2026. El porcentaje se ubicó en 5,1% y así mismo subirá esta tarifa para los arrendatarios.
Ahora, millones de colombianos ajustan su presupuesto a las tarifas nuevas en los servicios. El llegando, por su parte, Cambiará su valor dependiendo del tiempo que lleve viviendo en el inmueble. Incluso, podría no verlo reflejado hasta mucho después del inicio de este año. Además, hay que tener en cuenta ciertos requisitos para que ese incremento sea legal.
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¿Cuándo aumentará se llegará según el aumento del IPC?
Aunque la inflación ya fue confirmada por el Dane, el ajuste en el canon de arrendamiento no se aplica de manera inmediata con el cambio de año. En Colombia, el aumento del arriendo está atado a la vigencia del contrato y no al calendario anual ni al anuncio del indicador económico.
El arrendador tiene que darle un aviso a su arrendatario antes de subir el canon. Foto:iStock
La normativa vigente establece que el propietario solo puede modificar el valor del arriendo cuando el contrato cumpla 12 meses desde su firma inicial o desde su última renovación. En ese sentido, la fecha clave para el inquilino no es enero de 2026, sino el mes exacto en el que inició su relación contractual.
Por ejemplo, Si el contrato fue firmado en marzo, el aumento correspondiente al IPC de 2025 solo podrá aplicarse a partir de marzo de 2026. Hasta ese momento, el arrendatario continuará pagando el mismo valor pactado anteriormente, sin que el propietario pueda exigir un ajuste anticipado.
Este mismo criterio se aplica para contratos que se renuevan de manera automática. Aunque no se firme un nuevo documento, el cumplimiento del año habilita al arrendador para realizar el incremento, siempre que respete los límites legales y los procedimientos establecidos.
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El incremento se hará con respecto al IPC pero no es obligatorio. Foto:iStock.
Uno de los puntos más relevantes es que el aumento del arriendo no es obligatorio, sino una facultad del propietario. Es decir, el dueño del inmueble puede decidir mantener el mismo valor si así lo considera, pero en caso de aplicar el ajuste, deberá hacerlo conforme al porcentaje del IPC y sin excederlo.
Además del tiempo de vigencia, la ley exige una notificación previa al arrendatario. Esta comunicación debe realizarse por escrito y con antelación suficiente, informando el nuevo valor del canon y la fecha exacta desde la cual empezará a cobrarse.
Tenga en cuenta los tiempos del incremento y evite dolores de cabeza. Foto:iStock
Otro aspecto clave que muchos inquilinos desconocen es que el valor del arriendo no puede superar el 1% del valor comercial del inmueble. Si al aplicar el incremento del 5,1 % se sobrepasa ese límite, el ajuste podría considerarse ilegal y susceptible de reclamación.
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Las autoridades recomiendan a los arrendatarios revisar cuidadosamente su contrato y verificar la fecha de inicio, el método de notificación acordado y el valor comercial estimado de la vivienda. Estos elementos son determinantes para saber si el aumento procede o no.
En este contexto, el ajuste del arriendo para 2026 dependerá del cumplimiento de las condiciones establecidas por la ley y del momento en el que cada contrato complete su anualidad.. Tener claridad sobre las fechas, los porcentajes permitidos y los procedimientos de notificación permitirán a arrendatarios y propietarios aplicar el incremento de manera correcta y conforme a la normativa vigente.
REDACCIÓN ÚLTIMAS NOTICIAS.
