El panorama laboral en Colombia atraviesa una transformación profunda debido a la implementación de la Ley 2101 de 2021. Este proceso, que busca reducir gradualmente la carga horaria semanal de los empleados, trae consigo una consecuencia directa para el bienestar de los trabajadores: la eliminación del beneficio conocido como el Día de la Familia, el cual será sustituido por nuevas dinámicas de descanso y movilidad.
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La normativa establece que la jornada máxima legal bajará hasta las 42 horas semanales de forma progresiva. A partir del 15 de julio de 2025, el límite se fijó en 44 horas, sin que esto represente una disminución en el salario o en las prestaciones sociales de los ciudadanos. Según explicó Javier Almanza, director del área Laboral del Consultorio Jurídico de la Universidad del Rosario, al medio Editorial, la desaparición del Día de la Familia se deriva de este recorte de horas, aunque precisó que las empresas y empleados pueden pactar voluntariamente mantener si así lo desean.
El nuevo incentivo por la movilidad sostenible
Como alternativa a los beneficios que se pierden con la antigua jornada de 48 horas, la reforma promueve un nuevo día libre remunerado vinculado al uso de transportes alternativos.. Este beneficio está diseñado para trabajadores del sector privado que utilizan la bicicleta como medio habitual para desplazarse hacia sus oficinas o centros de producción.
Para obtener este descanso, se deben seguir ciertos requisitos y pasos administrativos dentro de la organización:
- El empleado debe presentar una certificación que acredite el uso frecuente de la bicicleta.
- Es necesario realizar una solicitud formal y por escrito ante el empleador.
- El beneficio consiste en un día de descanso remunerado por cada seis meses de trabajo cumplidos.
- La empresa tiene la potestad de elegir la fecha del descanso según sus necesidades operativas.
- El acuerdo final entre ambas partes debe quedar debidamente formalizado por escrito.
Son varios los cambios que tiene la reforma. Foto:iStock
¿Y los recargos nocturnos y festivos?
La transición hacia las 42 horas semanales no solo cambia los días libres, sino que también redefine cómo se distribuye el tiempo de trabajo. La ley permite que las empresas organicen turnos sucesivos para operar las 24 horas del día sin recargos nocturnos o festivos, siempre que los empleados no superen las 6 horas diarias ni las 36 semanales.
Asimismo, existe la posibilidad de acordar jornadas flexibles de entre cuatro y nueve horas diarias, distribuidas en un máximo de seis días a la semana, garantizando siempre un día de descanso obligatorio. No obstante, la normativa contempla excepciones para proteger a ciertos grupos o sectores.
El Gobierno mantiene la facultad de ordenar reducciones adicionales en empleos considerados peligrosos o insalubres, y se conservan límites estrictos para los adolescentes que cuentan con autorización legal para trabajar, cuyas horas permitidas varían según su edad.
Este nuevo esquema busca equilibrar la productividad de las empresas con la calidad de vida de los trabajadores, fomentando al mismo tiempo hábitos saludables y el cuidado del medio ambiente mediante el incentivo al transporte no motorizado.
*Artículo desarrollado con apoyo de IA y revisado por un periodista.
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