Espaldarazo del Tribunal Supremo a la estabilidad laboral en el sector público. El Alto Tribunal ha confirmado la condición de personal laboral fijo de una trabajadora del Departamento de Educación del Gobierno de Navarra que encadenó durante más de doce años contratos administrativos temporales … pese a desempeñar funciones estructurales y permanentes.
La sentencia, dictada en diciembre pasado por la sala de lo Social del Alto Tribunal, ratifica íntegramente el fallo del Juzgado de lo Social nº4 de Pamplona, que ya había estimado la demanda de la trabajadora y reconoció la existencia de una relación laboral fija desde el inicio de la prestación de servicios, en septiembre de 2010.
La afectada prestó servicios como profesora de música y artes en el Conservatorio Profesional Pablo Sarasate de Pamplona con sucesivos contratos administrativos temporales desde 2010. Había accedido al puesto tras superar un proceso público selectivo, aunque sin obtener plaza, como le ocurre a millas de empleados públicos interinos o temporales. Muchos de ellos llegan a encadenar contratos. durante toda su vida laboral.
No hubo justificación
El fallo considera probado que las sucesivas contrataciones no estuvieron debidamente justificadasque en algunos casos las resoluciones administrativas que las autorizaban se dictaron incluso después de la firma de los contratos y que la plaza nunca fue incorporada a la plantilla orgánica, pese a responder a necesidades estructurales y permanentes del servicio educativo.
Uno de los aspectos jurídicos más relevantes del fallo es que el Supremo no solo confirma la existencia de abuso en la contratación, sino que también avala la competencia del orden social de la jurisdicción para conocer estos casos, frente al criterio del Tribunal Superior de Justicia de Navarraque había cuestionado esta vía.
El Alto Tribunal subraya que las administraciones públicas no pueden eludir la aplicación del derecho laboral mediante el uso de contratos administrativos cuando, en la práctica, concurren todos los elementos propios de una relacion laboral ordinaria. Cuando la contratación administrativa se utiliza de forma irregular para encubrir una relación laboral real, corresponde a la jurisdicción social analizar y corregir esa situación.
Desde Unive Abogados, despacho que ha analizado la resolución y que tramita habitualmente procedimientos relacionados con el abuso de la temporalidad en el sector público, destacan que esta sentencia «refuerza la protección jurídica de quienes llevan años encadenando contratos temporales en la Administración para cubrir puestos estructurales».
El pronunciamiento se suma a una línea jurisprudencial cada vez más consolidada que cuestiona las prácticas de contratación abusiva en determinadas administraciones públicas y abre la puerta a que numerosos profesionales en situaciones similares puedan reclamar judicialmente el reconocimiento de su verdadera relación laboral.
cruzada fracasada
La evolución de la temporalidad en la Administración comenzó una carrera al alza desde 2018. Cuando ese año Pedro Sánchez llegó a La Moncloa prometió una cruzada contra la inestabilidad laboral, pero el sector público, con autonomías y ayuntamientos a la cabeza, ha seguido engordando plantillas con empleados sin puesto fijo y encadenando contratos durante décadas, incluso durante toda su vida laboral.
Los datos son ilustrativos de lo que ha ocurrido en este tiempo. En 2017 la tasa de temporalidad en el sector público era del 27,4% y desde entonces no ha parado escalar, hasta situarse en el 30%. Caso contrario es el sector privado, con un 23,7% de eventualidad en 2017 y menos del 15% en la actualidad.