El beneficiario era el encargado de distribuir la gaseosa en la región del Cuyo. Los intereses moratorios representan más de dos tercios de la suma total. La decisión llega después de la media sanción de la reforma laboral que limita estas acciones.
En medio de la discusión por la reformulación de los cálculos indemnizatorios en las relaciones laborales de la argentinaun fallo judicial que determina la compañía Refres Now SA (que contiene las firmas Manaos, Villamanos, Bichi y Cunnington) pague una suma de $807.676.293 en concepto de indemnización un extrabajador.
La medida dispuesta por la Suprema Corte de Justicia de Mendoza parámetros que existieron “maniobras fraudulentas” para concretar el “despido indirecto” de un empleado que durante nueve años se encargó de la distribución de las bebidas en las provincias de Mendoza, San Juan y La Pampa.
En ese marco, se comprobó que la compañía cambió la categoría del trabajador de “Viajante de Comercio” a una inferior, la de “Promotor”, en el proceso de litigio en el que intervino el Servicio de Conciliación Laboral Obligatoria (SECLO). Ante ese “artilugio” en el acuerdo de desvinculación, el fallo judicial interpretó y aplicó el principio de “primacía de la realidad”, señalando que el empleado no había dejado de cumplir sus funciones y que se intentó. reducir costos a partir de su recategorización y el ocultamiento de su verdadera antigüedad.
El proceso judicial se inició en 2022 y terminó fallando a favor del trabajador de la compañía, quien también es un supermercadista mendocino. Las costas de capital ascienden a $223.419.076, mientras que los intereses moratorios alcanzan los $584.257.217 (una suma cercana a la mitad del cálculo anterior). En su decisión, la Justicia mendocina rechazó el pago en cuotas de la indemnización.
Qué dice la reforma laboral sobre indemnizaciones
El fallo se conoce tras la media sanción que obtuvo el proyecto de reforma laboral del oficialismo en el Senado. Aunque resta la votación en la Cámara de Diputados para que se convierta en ley, la redacción de la propuesta establece un nuevo marco regulatorio para las indemnizaciones.
En ese marco, se redefine la remuneración para el calculo indemnizatorio. El texto establece que solo se consideran conceptos mensuales, normales y habituales, excluyendo artículos no mensuales como el aguinaldo (SAC) o las vacaciones. Además, se fija que la indemnización será la única reparación por despido sin causa, lo que busca limitar reclamos adicionales.
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Por otro lado, se propone la creación del fondo de cesación laboral, un esquema en el que el empleador deposita mensualmente un aporte en una cuenta individual a nombre del trabajador. Ese dinero puede utilizarse no solo ante un despido, sino también en caso de renuncia e incluso como complemento jubilatorio al final de la vida laboral. La Comisión Nacional de Valores (CNV) habilitó fondos comunes de inversión para canalizar estos recursos, estableciendo que el dinero sea inembargable.
Otro instrumento creado es el Fondo de Asistencia Laboral (FAL), que se financiará con un aporte mensual a cargo del empleador equivalente al 1% para grandes empresas y al 2,5% para micro, pequeñas y medianas empresas (mipymes). Los recursos se depositarán en una cuenta específica del empleador y podrán invertirse en instrumentos financieros autorizados. El objetivo es que ese fondo cobre total o parcialmente las indemnizaciones en caso de despido. El sistema prevé sanciones para beneficios que utilicen indebidamente los fondos o los canalicen hacia entidades vinculadas.
En términos fiscales y provisionales, el punto más controvertido es que el esquema implica una reconfiguración del destino de aportes que hoy se dirigen al sistema jubilatorio. Para sus críticos, el mecanismo supone que el Estado termina asumiendo indirectamente parte del costo de los despidos privados al renunciar a los recursos que alimentan el SIPA. Para el oficialismo, en cambio, se trata de un esquema que brinda previsibilidad, reduce la litigiosidad y fomenta la contratación formal.

