La decisión de la Corte Constitucional de abrir un nuevo incidente de desacato contra el ministro de Salud, Guillermo Alfonso Jaramillo, por incumplir el reajuste de la Unidad de Pago por Capitación (UPC) —el valor que reconoce el Estado a las EPS por cada afiliación— reavivó el debate sobre la sostenibilidad del sistema.
LEA TAMBIÉN
El auto, expedido el 10 de diciembre por la Sala Especial de Seguimiento en Salud y con ponencia del magistrado Carlos Camargo, también compulsó copias a la Fiscalía, la Procuraduría y la Contraloría para investigar posibles incumplimientos disciplinarios, penales y fiscales. Según el tribunal, persiste un “problema estructural” en el sistema de salud debido a la lenta respuesta del Ejecutivo, la falta de articulación institucional y el cumplimiento parcial de órdenes.
El ministro de Salud, Guillermo Jaramillo. Foto:SERGIO ACERO YATE
En ese contexto, Augusto Galán Sarmiento, director del Centro de Pensamiento Así Vamos en Salud, señaló que el auto llega a “al menos cinco conclusiones muy importantes”. La primera, dice, es que la mayoría de las órdenes estructurales de la sentencia T-760 de 2008 siguen sin cumplirse plenamente, a pesar de los 17 años transcurridos desde su expedición.
Una segunda conclusión es aún más crítica: las órdenes 21 y 22 de la sentencia, relacionadas con el financiamiento, la sostenibilidad del sistema y el cálculo de la UPC, están en incumplimiento general, no en un nivel bajo o moderado. Esto implica, según Galán, que la Corte reconoce un rezago profundo y persistente en la forma en que el Estado financiero el aseguramiento en salud.
LEA TAMBIÉN

El tercer punto subrayado por el experto es que el tribunal considera probado que la insuficiencia de la UPC explica buena parte de la crisis actual del sistema, una advertencia que distintos actores han reiterado durante los últimos dos años. La Corte ya lo había señalado en el Auto 007 de 2025, en el que impartió órdenes específicas para ajustar la financiación.
La Corte Constitucional se ha pronunciado en varias ocasiones sobre la crisis. Foto:cortesia
A ese diagnóstico se suma un análisis más estructural del salubrista y profesor de la Universidad de los ANdes, Luis Jorge Hernández, para quien el auto de la Corte representa “un duro golpe al Ministerio de Salud”, que —sostiene— “nunca quiso reconocer la insuficiencia de la UPC, como lo reclamaban la academia, los gremios y las asociaciones de pacientes”.
Según Hernández, el mensaje de la Corte es conceptual: la UPC no puede seguir siendo un simple ajuste contable indexado a la inflación. Debe reflejar “el costo real y suficiente” de garantizar el derecho fundamental a la salud.
El experto afirma que el Ministerio queda “obligado a justificar técnicamente la prima”, incorporando variables distintas al IPC, lo que implica que la UPC deje de ser un instrumento fiscalmente defensivo y vuelva a ser “un instrumento sanitario y de aseguramiento del riesgo”.
LEA TAMBIÉN

El ajuste solo por inflación, añade, es estructuralmente injusto en términos de salud pública y aseguramiento, pues la inflación general no refleja los cambios en el perfil epidemiológico, como el envejecimiento y la multimorbilidad; ni el incremento en la intensidad tecnológica de la atención; ni el mayor uso de servicios debido a rezagos acumulados por la pandemia y las barreras de acceso; ni las diferencias territoriales y poblacionales en el riesgo. En ese sentido, la Corte, al requerir una metodología más técnica, obliga a reconocer estos factores en el cálculo de la prima.
El tribunal obligó a copiar a entes de control y exigió un plan de acción integral. Foto:Néstor Gómez – EL TIEMPO
Para Galán, este nuevo pronunciamiento confirma que el mecanismo de fijación de la UPC requiere una profunda actualización y que las decisiones tomadas por el Gobierno han sido insuficientes. “La metodología debe ser completa —afirma—, no basada en los sesgos de informes parciales o incompletos que solo buscan justificar determinaciones unilaterales”.
El cuarto señalamiento de la Corte, explica Galán, es que las respuestas del Gobierno nacional han sido tardías, parciales e ineficaces, lo que contribuye al deterioro del sistema. En su criterio, esta conclusión desmonta la narrativa oficial según la cual las órdenes judiciales se han venido cumpliendo progresivamente.
La quinta conclusión del auto, agrega, es que el tribunal considera necesario soportar el control judicial para evitar la ineficiencia de la justicia constitucional ante el incumplimiento reiterado del Ejecutivo. Esto implica un seguimiento más estricto y un mayor nivel de exigencia para el Gobierno.
“El control desde la Sala de Seguimiento se intensifica”, concluye Galán, quien insiste en que el auto es “muy juicioso, muy importante” y obliga al Ejecutivo a cumplir de manera integral las órdenes judiciales que buscan garantizar la sostenibilidad del sistema y la protección del derecho fundamental a la salud.
EDWIN CAICEDO
Periodista de Medio Ambiente y Salud
@CaicedoUcros
