Un inspector de la Policía Municipal de Madrid ha ganado dos sentencias al Ayuntamiento por haber ocultado los «criterios de corrección y superación» en sendos concursos para inspectores y comisarios del cuerpo local. Ambas sentencias de lo contencioso-administrativo han sido recurridas por el ayuntamiento, … también condenado en costasante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM).
La más reciente data del pasado 15 de enero, cuando la Sección de lo Contencioso-administrativo del Tribunal de Instancia de Madrid dio la razón al policía que había sido ‘tirado’ en su oposición a comisario. El magistrado sostiene en el fallo que «no consta que se hubiera dado publicidad a los criterios de corrección y superación fijados por el Tribunal Calificador en dicha sesión, recogidos en dicha acta con el contenido transcrito, limitándose la publicación a los contenidos en el anuncio del Acuerdo de 6 de junio de 2022 del Tribunal Calificador». Es decir, que los opositores desconocían cuánto pesaba cada prueba, por lo que no podían poner más tiempo y dedicación a los ejercicios más valorados. De hecho, creían que todos puntuaban igual, pero no era así.
La sentencia refleja que «si bien se incluían algunos criterios sobre el desarrollo de la prueba como la duración (…) no se contienen ni los criterios concretos de valoración, baremación ni de superación de dicho procedimiento». Y esto ocurrió pese a que «tanto la base general 9º como las especificas 6.1 indicaban la necesidad de dar publicidad y transparencia». De este modo, se ocultaron datos importantes: «No consta que el contenido de dichos criterios tal y como aparecen reflejados en la misma, hubieran sido publicados por cualquiera de los medios fijados en la base de la convocatoria».
La sentencia añade que «de ser así la parte recurrida hubiera tenido la disponibilidad de la prueba, en particular tras sostenerse este motivo como uno sobre los que descansaba el recurso contencioso administrativo». La Administración recurrida, argumenta el juez, «no dio cumplimiento a tales principios de publicidad, transparencia y seguridad postulados en dichas bases generales y especificas antes aludidas, con lo que el hoy recurrente nunca pudo tener conocimiento de tales criterios de valoración, baremación y superación». Por ello, «resulta procedente el acogimiento del motivo de impugnación examinado, determinando lo anterior la nulidad de dicho ejercicio por cuanto la falta de publicidad, transparencia de tales criterios de valoración, baremación y superación no podían ser sustraídos del conocimiento del opositor, en tanto en cuanto no se dio a conocer con carácter previo a la realización de dicho ejercicio».
El Ayuntamiento ha recurrido la sentencia pese que a ésta recoge que ya hay «doctrina reiterada del Tribunal Supremo» que da la razón al recurrente. Así, el magistrado ordena la «anulación de la prueba 2º llamada psicotécnica impugnada en relación al hoy recurrente, ordenándose la retroacción de las actuaciones al momento anterior a la realización del ejercicio 2º «psicotécnico» a fin de que, tras la publicación de los criterios de evaluación, baremación y calificación (previos a la realización del ejercicio), y previa convocatoria se proceda a su repetición a la parte recurrente», sin que esto deba afectar a quienes recibieron la plaza.
El mismo policía, asistido por el letrado Ángel Galindo, ganó una sentencia similar el 29 de mayo de 2024, en este caso para ascender a inspector, lo que logró en una convocatoria posterior. Cuando el juez requirió la documentación al Ayuntamiento se percató de que en el expediente «sí constantes unos criterios de corrección extensos, que no constantes publicados». «No solo dicha cuestión conculca las bases de la convocatoria, si no que además el actor no obtiene respuesta a su recurso de alzada cuando denuncia la falta de publicación y por tanto no obtiene la mínima respuesta de la administración».
Las oposiciones de la Policía Municipal son resultado un quebradero de cabeza para la corporación que encabeza José Luis Martínez-Almeida, pues hay abierta también una causa penal en el Juzgado de Instrucción número 31 de Madrid por cohecho y tráfico de influencias en la que están investigados el comisario general de la Policía Municipal, Oskar de Santos, el excomisario principal José Luis Morcillo y el exintendente Miguel Carmona. Estas dos sentencias civiles pueden tener incidencia en la causa penal si son requeridas por alguna de las partes.
