La Ejecutiva del PSPV de la Ribera Baixa ha aprobado una moción “en defensa” del alcalde de Almussafes (Valencia), Toni González, apartado de la formación a raíz de una denuncia por acoso sexual y laboral, y de la secretaria general comarcal, Manoli Egea, descartada de la gestora aprobada por el PSOE en la localidad. La iniciativa nace con el propósito de defender “principios básicos como la presunción de inocencia, el derecho de defensa y el correcto funcionamiento de los órganos del partido”.
La moción fue debatida y aprobada por la Ejecutiva comarcal el pasado 12 de enero con 24 votos a favor y una abstención, y en el comité comarcal contó con el respaldo de 10 de los 13 municipios de la Ribera Baixa y con una abstención, mientras que las agrupaciones de Cullera y Favara no pudieron votar al no haber asistido a la sesión.
La iniciativa, consultada por Europa Press, manifiesta el “apoyo expreso” de la Ejecutiva comarcal a la secretaría general, Manoli Egea, y el desacuerdo con la decisión de haberla “apartado” de la gestora del PSPV de Almussafes “como consecuencia de un comentario personal en defensa del principio de presunción de inocencia”.
Ferraz dio luz verde a una gestora compuesta por Rosa Peris –secretaria de Justicia y Lucha contra la Violencia del PSPV– como presidenta y por Toñi Serna y Jorge Vidal como vocales, propuesta que contaba con el visto bueno de la dirección nacional de los socialistas valencianos que encabeza Diana Morant. Esto suponían, en la práctica, aparte de Manoli Egea, que figuraba como vocal de la gestora en la propuesta inicial del PSPV de la provincia de Valencia y quien en su día defendió al alcalde de Almussafes en redes sociales tras la denuncia de acoso.
La moción del PSPV de la Ribera Baixa insta al “órgano correspondiente” a revisar el procedimiento seguido en este caso ya evaluar “si se han respetado los derechos reconocidos en el artículo 11 del CADE (Canal de Atención de Denuncias Éticas)” del PSOE y reclama que en futuros casos se garantiza “el respeto a la presunción de inocencia, al derecho de defensa ya un procedimiento justo, evitando juicios mediáticos previos”.
La moción pide que la resolución del expediente se haga “con la máxima celeridad posible”
Asimismo, solicita que el expediente abierto a González se tramite y resuelva “con la máxima celeridad posible, garantizando en todo momento el respecto a la presunción de inocencia ya un procedimiento ágil, riguroso y con todas las garantías que permitan el esclarecimiento de los hechos y aporte seguridad jurídica y organizativa”.
En esta línea, lamenta que “la prolongación de este tipo de situaciones sin una resolución clara perjudica la imagen pública del partido, genera desgaste interno y externo y no contribuye favorablemente a los intereses electorales de la organización, hecho que refuerza la necesidad de una actuación responsable y diligente”. Por último, instale a que este asunto “sea tratado, si procede, exclusivamente en sede judicial, con pleno respeto a los derechos fundamentales ya las garantías democráticas”.
En la exposición de motivos, la moción señala que González ha sido “objeto de un juicio mediático previo, apartado de sus cargos orgánicos y sometido a una suspensión cautelar de militancia a raíz de la publicación de una denuncia por un presunto caso de acoso, sin que el caso esté judicializado”, lo que, según advierte, “podría haber afectado derechos fundamentales como la presunción de inocencia, el derecho a la defensa ya un procedimiento con garantías”.
Al respecto, la Ejecutiva comarcal manifiesta que comparte “plenamente” la necesidad que el partido disponga de “protocolos claros y eficaces ante cualquier denuncia de acoso, especialmente cuando afecta a mujeres”, pero considera imprescindible que estos protocolos se apliquen “con rigor, proporcionalidad y con un respeto escrupuloso al principio de presunción de inocencia, evitando decisiones arbitrarias o faltas de base probatoria”.
Dicho esto, sostiene que no corresponde a ningún órgano del partido “determinar la culpabilidad o inocencia de ninguna persona, y menos aún con ausencia de pruebas”. Recalca que esta función “corresponde exclusivamente a la justicia” y añade que, en el supuesto de que, tras el procedimiento judicial correspondiente, se determine la existencia de culpabilidad, “tendrá que aplicar la ley con todo su rigor”, pero, mientras tanto, “tiene que respetarse plenamente el principio de presunción de inocencia”.
