La Asociación del Fútbol Argentino (AFA) podría ser sancionada como institución por la causa en la que su presidente, Claudio “Chiqui” Tapiasu tesorero, Pablo Tovigginoy otros dirigentes están acusados de no haber pagado a plazo 19.300 millones de pesos de impuestos y aportes patronales.
La ley establece que las personas jurídicas también pueden ser penalizadas por los delitos que cometen quienes las integran. De hecho, en la causa junto con los dirigentes acusados, la AFA fue citada a indagatoria y su representación estuvo a cargo de Tapia. Fue el mismo día que el presidente de la entidad se presentó en su audiencia.
El régimen penal tributario se establece en su artículo 14 que cuando un delito haya beneficiado a una empresa o asociación puede ser sancionada. La norma regula seis tipos de sanciones que pueden aplicarse de manera conjunta. Y cuando haya una condena firme después de un juicio oral.
La más leve es la publicación de la sentencia de condena. Otras dos son sanciones económicas: una es una multa de dos a 10 veces la deuda y la segunda es la pérdida o suspensión de beneficios estatales si los tuvieran. Otra de las sanciones no involucra a la AFA porque es la suspensión para participar en concursos o licitaciones de obras o servicios públicos.
Pero otro sí podría afectar el funcionamiento de la entidad. Es la que prevé la “suspensión total o parcial de actividades, que en ningún caso podrá exceder los cinco (5) años”.
La última tampoco afectaría a la AFA porque es la cancelación de la personería cuando la persona jurídica “hubiese sido creada al solo efecto de la comisión del delito”.
La norma también fija que para establecer qué sanción se aplica se debe tener en cuenta, entre otras cosas, “la extensión del daño causado, el monto de dinero involucrado en la comisión del delito, el tamaño, la naturaleza y la capacidad económica de la persona jurídica”.
Claudio “Chiqui” Tapia en tribunales al salir de su indagatoria. Foto: Maxi FaillaLa misma estrategia: escritos y sin responder preguntas
Cuando Tapia fue informado el jueves pasado en la causa comercial que tanto él como la AFA hayan cometido un delito. “Niego que en el señor de la entidad que presido se hubiera cometido delito alguno”, sostenido. Tanto el titular de la entidad como el tesorero Pablo Toviggino presentó escritos, negaron acusación y no aceptaron responder preguntas.
Toviggino quedó más expuesto aún por su accionar público: llegó a Tribunales con fuerte custodia y en una camioneta sin patentes (ni siquiera de papel). Además, sus abogados protagonizaron un insólito cruce, que terminó con uno de ellos (Gregorio Dalbón), corrido.
En el expediente se investiga el pago fuera de término por parte de la AFA de 19,300 millones de pesos en concepto de impuesto a las ganancias, IVA y aportes patronales de marzo de 2024 a septiembre del año pasado. Se trata del delito de apropiación indebida de tributos que tiene una pena de dos a seis años de prisión.
Quienes estan acusados hijo Tapia, Tovigginoel gerente general de la AFA, GustavoLorenzoy el actual y ex secretario general, Cristian Malaspina y Víctor Blanco. Más la propia entidad.
Además del presidente y el tesorero, los otros directivos siguieron la misma estrategia ante Diego Amaranteel juez en lo Penal Económico a cargo de la causa: presentó escritos en los que negaron haber cometido delitos y se negaron a contestar preguntas.
Tapia negó tener funciones sobre el pago de impuestos como presidente de la AFA. Foto: Federico López ClaroBlanco, Malaspina y Lorenzo señalan que por sus funciones no tenían el rol de pagar los impuestos. Lo mismo Tapia, que sostuvo también que la AFA pagó la deuda antes que la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) haya presentado en diciembre pasado la denuncia que inició la causa y que además no tenía la obligación de hacerlo porque hay resoluciones de la propia entidad que así se lo permiten.
“No tengo ni personal ni legalmente intervención decisoria en la materia tributaria que constituye el objeto de esta causa”, sostuvo el presidente de la AFA
Las nuevas etapas para la causa
Con las indagatorias terminadas, la causa entra en otra etapa. El juez Amarante ya está en condiciones de resolver si procesa a los dirigentes ya la entidad, si los supervisa o les dicta la falta de mérito. Para eso la ley establece un plazo de 10 días hábiles para que lo haga.
Pero al magistrado Tapia le pidió como medida de prueba que le solicita informes a ARCA. Concretamente que el organismo informó si la deuda de la AFA se pagó con intereses -como afirma el dirigente que se hizo- y si el presidente de la entidad figura como autor de esos pagos, lo que negó porque no tenía ese rol.
Pablo Toviggino, el tesorero de la AFA. Foto: Federico López ClaroPor otra parte, Toviggino también le solicitó al juez un peritaje contable sobre toda la documentación que hay en la causa. El juez puede entender que esas pruebas no son necesarias y que solo buscan dilatar una decisión.
Pero no es la única etapa que se abre en el expediente. Hay otra resolución que los acusados esperan. La Cámara en lo Penal Económico debe resolver un planteo de sobreseimiento que hicieron todos los imputados porque consideran que en el caso no hay delito.
El próximo miércoles vence el plazo para que las defensas presenten sus argumentos ante el tribunal que a partir de allí quedarán en condiciones de resolver.
El fuero Penal Económico con dos decisiones clave sobre la causa de los deportes. Foto: Luciano Thieberger. Las fuentes consultadas señalan que ni el juez Amarante ni la Cámara deben esperar la resolución del otro. Son independientes en los tiempos. De hecho, los acusados pidieron anular las indagatorias hasta que la Cámara no resuelva, lo que fue rechazado. Pero sin duda que una que una decisión puede afectar a la otra. Sobre todo si la Cámara supervisa a los dirigentes, aunque sean procesados por el magistrado.
La postura de las defensas es que en el caso no se cometió delito porque hay resoluciones de ARCA y del Ministerio de Economía de la Nación que establecieron que hasta mitad de año no se pueden ejecutar deudas fiscales de asociaciones civiles sin multas de lucro.
La AFA sostiene que si una deuda no se puede ejecutar, tampoco se puede exigirpor lo que no estaba obligada a abonarla y por lo tanto no hay un delito. El juez Amarante rechazó ese planteo y avanzó con las indagatorias. Pero las defensas llevaron el caso a la Cámara donde se espera a partir de la semana que viene una definición.
