En el marco de la investigación $LIBRA, la Cámara Federal confirmó una resolución que reemplazó la prohibición de innovar sobre los bienes de los imputados, por embargos patrimoniales, pero ordenó readecuar o incrementar esas medidas antes de su levantamiento definitivo y exhortó al juez del caso a avanzar en la investigación de la supuesta estafa criptográfica.
El tribunal avaló los embargos dispuestos sobre los bienes y/o dinero de varios imputados, por un monto inicial de $36.875.000 y un plazo de 90 díasaunque advirtió que, en función del estado de la causa y de la complejidad de la maniobra investigada, el alcance de la medida deberá ser revisado y aumentado.
La Sala I de la Cámara ratificó así la decisión del juez Marcelo Martínez de Giorgi que dispuso embargos sobre los bienes y/o dinero de Hayden Mark Davis, Sergio Daniel Morales, María Alicia Rafaele, María Pía Novelli, Favio Camilo Rodríguez Blanco de Orlando, Rodolfo Mellino, Mauricio Gaspar Novelli y Manuel Terrones Godoy, por un monto total de $36.875.000, en función del perjuicio denunciado por los presuntos damnificados.
Embargos confirmados y advertencia al juez
Al respecto, los camaristas indicaron que, previo al levantamiento de la prohibición de innovar, el juez deberá “fijar un prudente aval patrimonial ajustado a esa realidad, que tutele las metas del proceso”, teniendo en cuenta la entidad de los hechos, la cantidad del daño y el grado de participación de cada imputado.
“Se habrá de encomendar al juez a que, con carácter previo al levantamiento de la medida de no innovar, fije un prudente aval patrimonial ajustado a esa realidad, que tutele las metas del proceso”, dice uno de los párrafos del fallo.
“Para tal fin, se habrá de evaluar en cada caso una suma que, según la entidad y gravitación de los hechos y la cantidad del daño y del grado de participación, resulte necesario a las multas previstas”.
En su análisisla Cámara reconoció que las medidas cautelares patrimoniales resultan procedentes en el caso, ya que se reúnen los requisitos de verosimilitud en el derecho y peligro en la demora, pero aclaró que su aplicación debe ser excepcional y proporcional.
En ese sentido, sostuvo que la inmovilización total de los bienes no puede extenderse indefinidamente, dado que “impacta del modo más severo posible sobre la libertad patrimonial de las personas”.
El fallo también puso el foco en la necesidad de que la investigación avance de manera efectiva. En ese marco, el tribunal instó al juez a arbitrar los medios necesarios para producir la prueba considerada relevante, con el objetivo de esclarecer la situación medidas procesales de los imputados y evitar que los cautelares se conviertan en una sanción anticipada.
Según advirtió la Cámara, si la instrucción no progresa en forma simultánea, los presupuestos que justifican las cautelares —verosimilitud del derecho y peligro en la demora— “Terminarán por desvirtuar la naturaleza de las medidas cautelares ordenadas en esta etapa preliminar”.
Finalmente, la Sala confirmó la resolución apelada, aunque dispuso que, una vez vencido el plazo fijado, el magistrado deberá evaluar nuevamente la necesidad de prorrogar, modificar o aumentar los embargos, de acuerdo con la evolución de la causa y la eventual determinación de nuevas víctimas o mayores perjuicios económicos.
Según el fallo, la querella informó como hecho nuevo que, luego de la resolución cuestionada, se solicitó la incorporación de dos nuevas víctimas en calidad de querellantes, quienes habrían sido damnificadas por una suma cercana a dos millones de dólares.
En la causa fue denunciado el presidente Javier Milei, por la promoción de la cripto realizada en su cuenta de X el 14 de febrero pasado.
