La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) presentado ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) el caso Nº 13.017-B contra Panamárelacionado con la desaparición forzada del sacerdote colombiano Jesús Héctor Gallego Herreraocurrida durante la dictadura militar panameña. La presentación formal se realizó el 27 de agosto de 2025informó el organismo regional.
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El caso fue trasladado a la Corte tras más de dos décadas de análisis, luego de que la CIDH considerará que el Estado panameño mantiene una responsabilidad internacional por no esclarecer los hechos y no garantizar justicia para Gallego, desaparecido el 9 de junio de 1971 en Santa Fe, Veraguas.
Un sacerdote comprometido con los campesinos.
Según la CIDH, Jesús Héctor Gallego realizó trabajo pastoral y social con comunidades rurales, impulsando cooperativas campesinasgrupos cristianos y proyectos de derechos humanos y desarrollo comunitario.
Días antes de su desaparición, había sufrido hostigamientosincluso el incendio de su vivienda. Testimonios indican que fue detenido por hombres vinculados a la guardia nacionalsin que desde entonces se conozca su desfile.
Investigaciones irregulares y décadas de impunidad
Las primeras investigaciones —abandonadas en 1973— estuvieron marcadas por irregularidadeslo que dejó el caso en absoluta impunidad. Tras el fin de la dictadura en 1989, el proceso fue reabierto en 1990 a petición de la Iglesia Catolica.
En 1994, tres exagentes de la Guardia Nacional fueron condenados por su complicidad en el crimen, pero la sentencia. no emiten responsabilidades de altos mandosy uno de los implicados nunca fue capturado.
CIDH concluye responsabilidad del Estado panameño
En su Informe de Fondo N° 273/22la CIDH concluyó que existen pruebas suficientes para establecer que Gallego fue víctima de una desaparición forzada cometida por agentes estatalesen un contexto de represión durante los gobiernos militares.
El organismo determinante que el Estado violó múltiples derechos protegidos por la Convención Americana sobre Derechos Humanosincluyendo:
- derecho a la vida,
- derecho a la integridad personal,
- derecho a la libertad personal,
- libertad de conciencia y religión,
- libertad de asociacion,
- garantías judicialesy
- protección judicial.
Además, se concluyó que Panamá incumplió sus obligaciones derivadas de la Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada de Personas.
Medidas de reparación solicitadas a la Corte IDH
La CIDH pidió a la Corte Interamericana ordenar al Estado panameño una serie de medidas de medidas reparacion integralentre ellas:
- Indemnización por daños materiales e inmateriales a los familiares.
- Implementación de la ONU plan de búsqueda con resultados verificables y participación de la familia.
- Asistencia médica y psicológica para allegados de la víctima.
- Continuar las investigaciones para identificar a todos los responsables. materiales e intelectuales.
- Políticas públicas y protocolos forenses para el manejo de archivos y material genético de víctimas de la dictadura.
- Capacitación a funcionarios en estándares internacionales y en los Principios rectores para la búsqueda de personas desaparecidas.
La CIDHórgano autónomo de la OEAenfatizó que este caso representa un paso clave para enfrentar la impunidad que aún afecta a víctimas de violaciones de derechos humanos cometidas durante la dictadura militar panameña.
