Se acerca la declaracion de la Renta correspondiente al año 2025y muchas personas se preguntan qué tienen que incluir realmente, ya que nos vienen muchos datos como los ingresos por rendimientos del trabajo, o incluso las retenciones de algunos beneficios como las cuentas remuneradas.
Sin embargo, si nos ha tocado un premio en un sorteo realizado por un supermercado, el colegio de nuestros hijos, o en una rifa que compramos por la calle, ¿tengo que declarar eso?, ¿y qué ocurre si mis padres me dan dinero todos los meses? Vamos a ver los casos más comunes.
Cuándo y cómo declarar los ingresos extras en la declaración
En general, cualquier dinero que recibamos puede tener algún tipo de tratamiento fiscal, pero no siempre se declara en la Renta. A veces sí hay que incluirlo como ingreso, otras veces se paga mediante otro impuesto y, en algunos casos, directamente no hay que declararlo. Todo depende del origen de ese dinero.
Casos en los que SÍ hay que declararlo en la Renta
- Premios de rifas o sorteos privadoscomo los de un supermercado, una asociación o el colegio. Suelen considerar una ganancia patrimonial y se incluyen en la declaración. Normalmente, están obligados a informar los propios comercios, por lo que, dependiendo del valor, te solicitarán tus datos y ya te aparecerán en el borrador automáticamente. De no ser así, legalmente hay que declararlo, pero nadie va a acordarse de un premio como una cafetera, por mucho que valga 300 euros, y no suele pasar nada.
- Ingresos para alquilar una viviendaaunque sea solo unos días o semanas al año. Si lo hacemos en efectivo, puede que nadie se entere, pero si pasa por una entidad bancaria, podrían preguntarnos de dónde viene, y aunque fuese solo un finde, habría que incluirlo.
- Ganancias al vender algo (por ejemplo, un coche, una bicicleta o un objeto de valor) si lo vendes por más dinero del que te costó. Es decir, un cromo de Pokémon o un cuadro de un pintor famoso que ha ganado valor y que ahora vale el doble, sí habría que incluirlo, pese a ser de segunda mano.
- Intereses o rendimientos financieros que no aparecerán automáticamente en los datos fiscales. En España, si un banco te da 200 euros por hacerte una cuenta con ellos, ya está obligado a retenerlo, pero si no tiene sede o acuerdo en nuestro país, no lo hará, y debemos introducirlo manualmente si no queremos sustos.
Casos en los que NO se declaran en la Renta
- Dinero que te dan tus padres o familiares. Si es una donación, no se declara en la Renta, aunque puede tener que declararse en el impuesto de donaciones, pero no iría en este trámite anual.
- Premios de loterías oficialesporque normalmente ya llevan el impuesto descontado cuando se cobran.
- Préstamos entre familiares o amigossiempre que realmente sea un préstamo que después se va a devolver.
- Indemnizaciones por despidodentro de los límites legales establecidos.
- Becas publicas para estudiosque en muchos casos están exentas.
- Transferencias entre tus propias cuentasya que no se consideran ingresos nuevos, sino traspasos de dinero propio y ya declarados.
En resumen, pese a que hay muchas cosas que, por ley, deberíamos incluir, todo depende de cómo lo hayamos hecho, ya que muchas veces, ni nos acordamos de ese premio que nos tocó de poco valor, y no sabemos que realmente sí hay que declararlo. Por tanto, haz memoria y apunta todo, ya que muchas veces la Agencia Tributaria sabe más, incluso, que nosotros, y por unos pocos euros, podríamos recibir una carta que nadie quiere.
Preguntas frecuentes sobre declaración de la Renta Si. Normalmente, se consideran ganancias patrimoniales y deben incluirse en la declaración. En muchos casos el organizador comunica el premio a Hacienda y aparecerá en el borrador.
No en la Renta. Ese dinero se considera donación, y si corresponde declararlo sería en el impuesto de donaciones, no en la declaración anual del IRPF.
Por ejemplo, alquilar una vivienda (aunque sea unos días), ganar dinero al vender algo por más de lo que costó o intereses financieros que no aparecerán en los datos fiscales. Estos ingresos deben agregarse manualmente si no aparecen en el borrador.
¿Tengo que declarar premios de rifas o sorteos de supermercados o colegios?
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