La señal de vado es una de las distintas señales que siembran dudas siempre entre los conductores. Especialmente cuando se pretende estacionar en un sitio que tiene un vado pintado y no tiene ningún tipo de placa. Ante este tipo de caso en concreto, lo cierto es que puedes aplicar el artículo 139 del Reglamento General de Circulación a tu favor.
Cuando se busca sitio para estacionar el vehículo, los propietarios de garajes pagan una cuota por fijar una placa de vacío permanente para así no tener problemas para sacar sus vehículos. Sin embargo, siempre hay ciudadanos que se las ingenian para no pagar y, básicamente, deciden pintar una línea amarilla en la calzada para similar a un vado. Pero ¿esto es legal?
Pintar una línea amarilla sin placa, no sirve de nada
Que un vecino haya tomado la decisión de simular un vado –al pintar una línea amarilla o escribiendo «prohibido aparcar»– para que nadie pueda aparcar frente a su garaje hace posible que pueda estacionar sin inconvenientes justo en esa plaza. Está claro que aparcar en un vado que sea oficial es ilegal y acabarás consiguiendo que la grúa se lleve tu coche.
Sin embargo, sin la placa oficial, entonces solo te tienes que fijar en el Reglamento General de Circulaciónjustamente en el artículo 139. Más que nada porque informa de manera muy clara qué es lo que sucede ante este caso en particular.
No hay que confundir las típicas líneas amarillas que pueden estar repartidas por diferentes zonas, ya que hay muchos que te van a prohibir que estaciones el coche. Sino que, en este caso, se trata de una línea amarilla pintada por cualquiera que no quiere que el resto de conductores aparquen delante de la puerta de su garaje.
Esto se puede dar por dos motivos:
- El propietario del garaje. no quiere pagar y ha optado por similar un vado legal.
- todavia no ha obtenido el permiso oficial por parte del ayuntamiento.
Lo que debes tener claro es que si estacionas en un vado que no tiene placa oficial, debes hacer caso a lo que se menciona en el Reglamento General de Circulación: es el ayuntamiento el que puede autorizar la instalación de la señalización legal y oficial –así figura en el artículo 139.1 fijado en el Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre, del reglamento-:
- «Corresponde al titular de la vía -la autoridad municipal- la autorización previa para la instalación en ella de otras señales de circulación. En caso de emergencia, los agentes de la autoridad encargados de la vigilancia del tráfico, en el ejercicio de las funciones que tengan encomendadas, podrán instalar señales circunstanciales sin autorización previa.«.
¿Cómo se consigue un vado legal?
Primero hay que solicitar el permiso al propio ayuntamiento de la localidad. Cuando ya te lo concedan –cada municipio tiene una serie de requisitos-, entonces ya hay que colocar la placa oficial de vado (la señal R-308). Y, por otra parte, debe incluir el logo del ayuntamiento, así como el número de licencia, el tipo de vado y, si fuera necesario, los horarios en los que es válido el vado en cuestión. Además, como señalización adicional, en algunos casos se pinta una línea amarilla continua con la que se delimita la zona en la que está prohibido estacionar cualquier vehículo.
Ahora bien, ya sea porque la señalización no está bien delimitada o no se renueva la licencia, el propietario del vado tiene que hacer frente a una multa económica que puede ir desde los 501 hasta los 901 euros. Es decir, que si un vecino coloca un vado ilegal podría hacer frente a este tipo de sanción.
